Seguro de Riesgos de Trabajo

Proteja a sus colaboradores y cumpla con la legislación costarricense. El Seguro de Riesgos del Trabajo del INS es obligatorio para los patronos que cuentan con trabajadores a su cargo y brinda protección ante accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo.


¿A quién protege?

El seguro cubre a los trabajadores ante situaciones ocurridas por causa o con ocasión de sus labores, incluyendo:

  • Trabajadores asalariados de diferentes actividades.
  • Accidentes durante el trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo, según las condiciones aplicables.
  • Trabajadores independientes que opten voluntariamente por esta protección.

Atención médica

En caso de accidente o enfermedad laboral, el trabajador puede recibir atención médica conforme a las condiciones del seguro, incluyendo:

  • Emergencias, cirugías y hospitalización.
  • Medicamentos, consultas y tratamientos.
  • Rehabilitación física y ocupacional.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos, cuando sean necesarios.

Prestaciones económicas

Según la gravedad y las consecuencias del evento, el seguro puede incluir:

  • Subsidio por incapacidad temporal.
  • Indemnización o renta por incapacidad permanente.
  • Prestaciones para los beneficiarios en caso de fallecimiento del trabajador.

Cumpla con su responsabilidad como patrono

Contar con este seguro permite proteger a sus colaboradores y cumplir con una obligación legal. Si ocurre un accidente y el patrono no cuenta con el seguro correspondiente o no mantiene debidamente reportados a sus trabajadores, podría asumir los costos de atención, prestaciones y demás consecuencias legales aplicables.

Proteja a su equipo y cuente con el respaldo del INS para atender los riesgos asociados a las actividades laborales.


Solicite su cotización y proteja a sus colaboradores




Preguntas frecuentes

¿Quiénes deben contar con este seguro?

Todo patrono debe suscribir y mantener vigente el Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo para proteger a sus trabajadores ante accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo.

    ¿Qué cubre el Seguro de Riesgos del Trabajo?

    Cubre los riesgos laborales y puede otorgar prestaciones médicas y económicas, tales como:

    • Atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
    • Rehabilitación, prótesis y readaptación laboral.
    • Subsidios por incapacidad temporal.
    • Rentas por incapacidad permanente.
    • Prestaciones para los beneficiarios en caso de fallecimiento.
    • Gastos de traslado, hospedaje, alimentación y funeral, cuando correspondan.

    ¿Qué debe hacer el patrono cuando ocurre un accidente o enfermedad laboral?

    Debe completar y presentar el formulario "Aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica" mediante RT-Virtual o utilizando el formulario físico del INS. Además, debe denunciar el siniestro dentro de un plazo máximo de 8 días hábiles.

    ¿Qué ocurre si el trabajador no está reportado o la póliza no está vigente?

    El caso puede ser considerado no asegurado. En ese supuesto, el patrono deberá asumir el costo de las prestaciones otorgadas por el INS al trabajador o a sus beneficiarios, además de los intereses, gastos y posibles consecuencias legales.

    ¿Qué obligaciones principales tiene el patrono?

    El patrono debe:

    • Mantener vigente la póliza.
    • Reportar correctamente a todos los trabajadores y sus salarios.
    • Presentar las planillas dentro del plazo establecido.
    • Informar oportunamente los accidentes laborales.
    • Cumplir las medidas de salud y seguridad ocupacional.
    • Proporcionar equipo de protección y capacitar a los trabajadores.